miércoles, 3 de agosto de 2011

EL SANEAMIENTO DE LOS BIENES ESTATALES

EL SANEAMIENTO DE LOS BIENES ESTATALES
Actividad de gran trabajo y esfuerzo pero tremendamente incomprendida es la de elaborar todo el expediente hasta lograr el saneamiento de un bien del estado. Cuando decimos elabora todo el expediente técnico, debemos entender la elaboración de planos y memoria descriptiva, así como también el expediente legal, (título de propiedad), para posteriormente inscribir el dominio y la edificación del predio, de propiedad del Estado en Registros Públicos.
Alguna vez se ha preguntado, quien es el dueño del predio donde funciona una Escuela, una Posta médica, una Entidad administrativa, etc., la respuesta es fácil el Estado.
Pero sabe usted si esos predios están inscritos en SUNARP, tiene el Estado peruano formalizadas sus propiedades, la respuesta es, en su mayoría NO.
La propiedad informal en el Perú es elevada, sobre todo en lo que respecta a los bienes inmuebles de dominio público y privado del Estado, realidad que ha suscitado gran polémica y ha desencadenado graves consecuencias que atentan directamente contra los intereses del Estado como titular de los bienes inmuebles.
El gobierno peruano en forma expresa por Ley 26512 de fecha 27 de julio de 1995 declara al Saneamiento Físico Legal de Bienes Inmuebles del Estado de necesidad y utilidad pública, con la finalidad de proteger la propiedad inmueble estatal: cautelándola de inescrupulosos invasores, y fomentando la inversión de entidades públicas y/o privadas en el mejoramiento de la infraestructura pública ya sea de Instituciones Educativas, postas, hospitales, etc.
Problema que en gran medida fue resuelto con la creación del Sistema Nacional de Bienes Estatales, por Ley N° 29151, lo cual resulta insuficiente, porque dentro de este Sistema hemos advertido algunas carencias, puesto que no existen las condiciones suficientes para que las entidades ejecuten el trámite del saneamiento legal o inscripción registral de los bienes inmuebles del Estado.
Pese a la declaración expresa de la Ley y al esfuerzo desplegado por las entidades administrativas NO se ha podido obtener óptimos resultados respecto del saneamiento, en razón a que no se cuenta con presupuesto, que permita cubrir los costos que se desprenden de dicha regularización, (tasas registráles, costos notariales, etc).
La falta de presupuesto para sanear los bienes inmuebles del Estado, predios conducidos por Instituciones Educativas, vienen generando grabes consecuencias, esto en razón a la existencia de locales públicos, que funcionan en predios que no cuentan con una infraestructura adecuada, en razón a que las entidades Públicas y/o privadas para invertir o financiar construcciones de locales, exigen como requisito indispensable que el predio este debidamente saneado (propiedad debidamente inscrita en registros públicos); perdida de infraestructura, el Estado pierde sus bienes inmuebles en manos de terceros inescrupulosos que invaden terrenos del Estado, entre otras consecuencias.
Normas Legales, aplicables al Saneamiento de Bienes:
• Ley N° 26512, Ley que declara de Necesidad y Utilidad Publica el Saneamiento de Bienes Inmuebles del Estado, Sector Educación, Salud y Transportes.
• D.S. 130-2001-EF, Dictan Medidas Reglamentarias para que cualquier Entidad Publica pueda realizar acciones de Saneamiento Técnico, Legal y Contable de Inmuebles de Propiedad Estatal.
• Ley 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
• D.S. 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley N° 29151, Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
• Ley Nº 27444 Procedimiento Administrativo General.

martes, 2 de agosto de 2011

EL REGALO DE GARCÍA

Antes de irse, Alan nos dejó algunos regalos, cual es la finalidad, no lo sabemos, seguramente su objetivo era el que se siguiera hablando de él, aún cuando ya no está. He aquí alguno regalos:

1er Regalo:

Si leemos el peruano del 27 de Julio, sale publicado una norma en la cual establece que, por única vez, y como bonificación extraordinaria se otorgará a los trabajadores de diversos ministerios, -ojo, no todos- la suma de 2,000 mil nuevos soles. Bueno, esto sin lugar a dudas cae bien a todos los trabajadores, especialmente a los bolsillos de los docentes, quienes durante todo el quinquenio aprista, sufrieron insultos, agresiones por parte, no de los apristas, sino de Alan García.


2do. Regalo:

Este "Regalo" si se puede llamar así es que dicho día también apareció la modificación del Reglamento de los Contratos Administrativos de Servicios" CAS, según el cual aparentemente regula ciertos derechos para los miles de trabajadores contratado bajo esta singular y abusiva modalidad, sin embargo, una vez más, haciendo gala de su ego y desconociendo lo que favorece a las grandes mayorías, aprueba una modificación que quita algunos pocos beneficios que otorgaba el tribunal constitucional a los contratos CAS. Increíblemente fue, Alan García el que más abuso de los trabajaodres.


Son estas dos perlitas que el gobierno dejó, entre otras cosas, como "regalo" a los trabajadores. Vamos a ver si cumple Alan García con su gesto democrático y NO VUELVE MÁS A POSTULARSE A LA PRESIDENCIA, POR EL BIEN DE LOS TRABAJADORES, POR EL BIEN DEL APRA, POR EL BIEN DEL PERÚ.