LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Exposición: Richard Raúl Valentino Luciani
I.- PRINCIPALES INNOVACIONES DEL NUEVO REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. D.S. Nro. 184-2008-EF
1. Inaplicación de la norma.
a. Locación de servicios no personales con personas naturales: Estos se regulan mediante los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) Decretos Legislativos 1057 y Decreto Supremo 075-2008-PCM.
b. Contrataciones iguales o inferiores a tres (03) Unidades Impositivas tributarias (UIT)
c. La contratación de servicios públicos, siempre que no exista posibilidad de contratar a más de un proveedor.
i. Son contratos de Adhesión,
d. Contrataciones con no domiciliados cuando la mayor incidencia de la prestación se realice en territorio extranjero.
i. Previo informe legal.
e. Los remates públicos para la adquisición de bienes
f. Disposición y gestión de bienes de propiedad del Estado, permuta, cesión, etc.
· Contratar por necesidades previstas.
· No puede ser reiteradas en el tiempo.
2. Principios Nuevos
a. Principios de Equidad: Equivalencia entre los derechos y obligaciones. (Que cosa te pido, como te facilito)
b. Principio de sostenibilidad ambiental: Evitar en lo posible mayor impacto ambiental en las contrataciones. (Establecer dicho principio en las bases, insumos que no dañen al medio ambiente etc.)
c. Publicidad: Garantizar la adecuada publicidad en las convocatorias de procesos.
d. Promoción del Desarrollo Humano: La contratación pública debe coadyuvar al desarrollo humano.
3. Órgano encargado de las contrataciones.
a. Los miembros de logística deberán estar capacitados y cumplir con ciertos requisitos.
b. 80 horas lectivas certificadas; experiencia general de tres años y experiencia específica en materia de contrataciones públicas o logística privada no menor de un año.
c. Los logísticos certificados estarán en una base de datos administrados por el OSCE, OSCE establecerá las disposiciones para la acreditación así como para la certificación del personal logístico.
d. El titular d la Entidad deberá aprobar un manual de contrataciones. (Es obligatorio que exista un manual).
4. Plan Anual de Contrataciones.
a. Documento de gestión que incluirá todas las contrataciones de bienes, servicios u obras que se necesiten en un determinado ejercicio fiscal, con independencia del régimen que las regule.
b. Plazo de aprobación:15 días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. Publicación en el SEACE máximo a los 5 días hábiles de aprobado.
c. Evaluación semestral del PACC por el titular.
d. El expediente deberá contener las ofertas no ganadoras.
e. En segunda convocatoria sólo será aprobado el expediente si éste se modifica en alguno de sus extremos.
· Es importante que el Plan se empiece a elaborar recogiendo datos entre mayo o junio. En último de los casos, el Plan debe aprobarse así como está dentro de la fecha, luego puede realizarse las inclusiones o exclusiones respectivas.
5. Expediente de Contratación:
a. Conjunto de documentos técnicos y económicos que contienen las actuaciones del proceso, desde el requerimiento hasta la culminación del contrato. Este expediente debe incluir las ofertas no ganadoras.
b. Condiciones obligatorias de la contratación.
c. Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado.
d. Valor referencial
e. Disponibilidad presupuestal
f. Tipo de proceso de selección, modalidad y sistema de contratación.
g. En caso la primera convocatoria sea desierta, sólo se aprobará un nuevo expediente (en segunda convocatoria) si éste fue modificado en algún extremo. (Si es sub valuado, por ejemplo, se tiene que evaluar y aprobar nuevamente).
h. Logística es la encargada de estructurar el expediente y solicitar la aprobación ante el funcionario competente.
6. Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado.
a. Se modifica el nombre. Antes referencia a estudios de mercado e indagaciones.
b. Actualmente la normativa establece algunos aspectos y regulaciones para seguir el procedimiento para determinar el valor referencial. Se considerará cotizaciones y presupuestos actualizados, páginas web, catálogos, folletos, precios históricos, asimismo, se analizará los descuentos por volúmenes, niveles de comercialización, disponibilidad de entrega, condiciones de venta, entre otros.
c. Objetivo del estudio: (i) Determinar el V.R. (ii) Analizar la existencia de una pluralidad de potenciales proveedores (iii) Analizar la posibilidad de distribuir la buena pro (iv) Información que pueda ser relevante para establecer factores de evaluación (v) Ajustar, si corresponde, las condiciones obligatorias de los bienes o servicios.
· Cuando uno no puede cubrir todo lo requerido, puede hacerse prorrata y distribuir el porcentaje de la buena pro a varios.
· Recordar que en bienes y servicios se puede ir ahora solamente hasta el 100% para arriba, y por abajo no hay límite.
· En cambio en obras puede irse hasta el 110%, pero para la firma del contrato debe de haber financiamiento y aprobación del titular. (Ojo, pregunta: Se otorga la buena pro, o se espera respuesta de financiamiento y aprobación del titular)
7. Valor Referencial
a. Ya no existe el límite máximo en los valores referenciales, salvo en caso de obras que podrá ofertarse hasta el 110%.
b. Ya no existe límite mínimo, salvo, en caso de la ejecución y consultoría de obras será el 90%
c. Para bienes y servicios, la antigüedad es de tres meses contados a partir de la aprobación del expediente. Para obras y consultoría de obras, será de seis meses, contados desde la aprobación del expediente y determinación del presupuesto de obra consignado en el expediente, respectivamente.
d. Cambio respecto de la determinación en casos de cobranzas y recuperaciones- honorarios de éxitos.
8. Procesos de selección:
a. Los plazos mínimos de los procesos son modificados. Se incluye un tratamiento para las adjudicaciones de menor cuantía.
b. Las etapas de consultas y observaciones vuelven a separarse en caso de licitaciones y Concursos públicos.
· 22 Días.
· A la consulta respondida, se plantea observación de bases.
9. Etapas en licitaciones y concursos públicos.
10. Etapas para adjudicaciones Directas
11. Etapas para menor cuantía bienes y servicios.
12. Etapas de adjudicaciones de menor cuantía en obras y consultorías de obras.
13. Pronunciamientos.
14. Comité Especial.
15. Pre publicación de bases.
16. Otorgamiento y consentimiento de la buena pro.
17. Modalidades de contratación.
18. Compras Corporativas
19. Selección por Encargo
20. Subasta Inversa
21. Impugnaciones –Apelación
22. Impugnaciones
23. Solución de Controversias durante el proceso de selección
24. Solución de Controversias durante el proceso de Selección.
Exposición: Richard Raúl Valentino Luciani
I.- PRINCIPALES INNOVACIONES DEL NUEVO REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. D.S. Nro. 184-2008-EF
1. Inaplicación de la norma.
a. Locación de servicios no personales con personas naturales: Estos se regulan mediante los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) Decretos Legislativos 1057 y Decreto Supremo 075-2008-PCM.
b. Contrataciones iguales o inferiores a tres (03) Unidades Impositivas tributarias (UIT)
c. La contratación de servicios públicos, siempre que no exista posibilidad de contratar a más de un proveedor.
i. Son contratos de Adhesión,
d. Contrataciones con no domiciliados cuando la mayor incidencia de la prestación se realice en territorio extranjero.
i. Previo informe legal.
e. Los remates públicos para la adquisición de bienes
f. Disposición y gestión de bienes de propiedad del Estado, permuta, cesión, etc.
· Contratar por necesidades previstas.
· No puede ser reiteradas en el tiempo.
2. Principios Nuevos
a. Principios de Equidad: Equivalencia entre los derechos y obligaciones. (Que cosa te pido, como te facilito)
b. Principio de sostenibilidad ambiental: Evitar en lo posible mayor impacto ambiental en las contrataciones. (Establecer dicho principio en las bases, insumos que no dañen al medio ambiente etc.)
c. Publicidad: Garantizar la adecuada publicidad en las convocatorias de procesos.
d. Promoción del Desarrollo Humano: La contratación pública debe coadyuvar al desarrollo humano.
3. Órgano encargado de las contrataciones.
a. Los miembros de logística deberán estar capacitados y cumplir con ciertos requisitos.
b. 80 horas lectivas certificadas; experiencia general de tres años y experiencia específica en materia de contrataciones públicas o logística privada no menor de un año.
c. Los logísticos certificados estarán en una base de datos administrados por el OSCE, OSCE establecerá las disposiciones para la acreditación así como para la certificación del personal logístico.
d. El titular d la Entidad deberá aprobar un manual de contrataciones. (Es obligatorio que exista un manual).
4. Plan Anual de Contrataciones.
a. Documento de gestión que incluirá todas las contrataciones de bienes, servicios u obras que se necesiten en un determinado ejercicio fiscal, con independencia del régimen que las regule.
b. Plazo de aprobación:15 días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. Publicación en el SEACE máximo a los 5 días hábiles de aprobado.
c. Evaluación semestral del PACC por el titular.
d. El expediente deberá contener las ofertas no ganadoras.
e. En segunda convocatoria sólo será aprobado el expediente si éste se modifica en alguno de sus extremos.
· Es importante que el Plan se empiece a elaborar recogiendo datos entre mayo o junio. En último de los casos, el Plan debe aprobarse así como está dentro de la fecha, luego puede realizarse las inclusiones o exclusiones respectivas.
5. Expediente de Contratación:
a. Conjunto de documentos técnicos y económicos que contienen las actuaciones del proceso, desde el requerimiento hasta la culminación del contrato. Este expediente debe incluir las ofertas no ganadoras.
b. Condiciones obligatorias de la contratación.
c. Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado.
d. Valor referencial
e. Disponibilidad presupuestal
f. Tipo de proceso de selección, modalidad y sistema de contratación.
g. En caso la primera convocatoria sea desierta, sólo se aprobará un nuevo expediente (en segunda convocatoria) si éste fue modificado en algún extremo. (Si es sub valuado, por ejemplo, se tiene que evaluar y aprobar nuevamente).
h. Logística es la encargada de estructurar el expediente y solicitar la aprobación ante el funcionario competente.
6. Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado.
a. Se modifica el nombre. Antes referencia a estudios de mercado e indagaciones.
b. Actualmente la normativa establece algunos aspectos y regulaciones para seguir el procedimiento para determinar el valor referencial. Se considerará cotizaciones y presupuestos actualizados, páginas web, catálogos, folletos, precios históricos, asimismo, se analizará los descuentos por volúmenes, niveles de comercialización, disponibilidad de entrega, condiciones de venta, entre otros.
c. Objetivo del estudio: (i) Determinar el V.R. (ii) Analizar la existencia de una pluralidad de potenciales proveedores (iii) Analizar la posibilidad de distribuir la buena pro (iv) Información que pueda ser relevante para establecer factores de evaluación (v) Ajustar, si corresponde, las condiciones obligatorias de los bienes o servicios.
· Cuando uno no puede cubrir todo lo requerido, puede hacerse prorrata y distribuir el porcentaje de la buena pro a varios.
· Recordar que en bienes y servicios se puede ir ahora solamente hasta el 100% para arriba, y por abajo no hay límite.
· En cambio en obras puede irse hasta el 110%, pero para la firma del contrato debe de haber financiamiento y aprobación del titular. (Ojo, pregunta: Se otorga la buena pro, o se espera respuesta de financiamiento y aprobación del titular)
7. Valor Referencial
a. Ya no existe el límite máximo en los valores referenciales, salvo en caso de obras que podrá ofertarse hasta el 110%.
b. Ya no existe límite mínimo, salvo, en caso de la ejecución y consultoría de obras será el 90%
c. Para bienes y servicios, la antigüedad es de tres meses contados a partir de la aprobación del expediente. Para obras y consultoría de obras, será de seis meses, contados desde la aprobación del expediente y determinación del presupuesto de obra consignado en el expediente, respectivamente.
d. Cambio respecto de la determinación en casos de cobranzas y recuperaciones- honorarios de éxitos.
8. Procesos de selección:
a. Los plazos mínimos de los procesos son modificados. Se incluye un tratamiento para las adjudicaciones de menor cuantía.
b. Las etapas de consultas y observaciones vuelven a separarse en caso de licitaciones y Concursos públicos.
· 22 Días.
· A la consulta respondida, se plantea observación de bases.
9. Etapas en licitaciones y concursos públicos.
10. Etapas para adjudicaciones Directas
11. Etapas para menor cuantía bienes y servicios.
12. Etapas de adjudicaciones de menor cuantía en obras y consultorías de obras.
13. Pronunciamientos.
14. Comité Especial.
15. Pre publicación de bases.
16. Otorgamiento y consentimiento de la buena pro.
17. Modalidades de contratación.
18. Compras Corporativas
19. Selección por Encargo
20. Subasta Inversa
21. Impugnaciones –Apelación
22. Impugnaciones
23. Solución de Controversias durante el proceso de selección
24. Solución de Controversias durante el proceso de Selección.
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